La enmienda a la ley sobre organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios de interés general no está en conformidad ni con la Constitución de la República ni con el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales. Así lo decidió el miércoles el Tribunal Constitucional de la República Eslovaca. La enmienda había sido impugnada por un grupo de diputados de la oposición. La enmienda a la ley sobre organizaciones sin ánimo de lucro, que entró en vigor en junio de este año, introdujo la obligación de elaborar un informe de transparencia y de divulgar información sobre la gestión de los fondos públicos.
Mária Mangová Foto: TASR