El ordenamiento jurídico eslovaco no ofrece ningún marco legal alternativo que permita a las parejas del mismo sexo obtener un reconocimiento jurídico adecuado y la protección de su vida familiar. Así lo constató el Tribunal Constitucional en la exposición de motivos de su sentencia, cuando el 23 de septiembre desestimó el recurso presentado por un grupo de diputados que impugnaban las disposiciones de la Ley de Familia y otras leyes relativas al matrimonio. Según señaló el Tribunal Constitucional, el núcleo del problema radica “en la ausencia de una normativa jurídica paralela o alternativa sobre la convivencia de pareja, cuya elaboración, sin embargo, no es competencia del Tribunal Constitucional”. Los diputados solicitaban también que se evaluara la inactividad legislativa del Parlamento, consistente en la no adopción de una normativa que reconociera a las parejas del mismo sexo y que respetara y protegiera las relaciones entre ellas. El Tribunal Constitucional ya había rechazado esta propuesta en abril de 2024 por falta de competencia.
Eslovaquia carece de un marco legal alternativo para las parejas del mismo sexo
07. 10. 2026 14:16 | Actualidad
Ladislava Hudzovičová Foto: TASR
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